Marco Normativo y Jurídico SEP
Reglamento General de Posgrados
Estatuto institucional aplicable a los programas de Maestría y Doctorado con Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE SEP Federal).
Índice de Capítulos
Registrado ante la SEP Federal
Actualización reglamentaria: Ciclo Escolar 2025-2026.
Capítulo I: Disposiciones Generales y Fines Institucionales
El presente Reglamento General de Posgrados de Universidad Educanexo norma la vida académica, los procesos de admisión, permanencia, evaluación y graduación en todos los programas de Maestría y Doctorado con Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE) de la Secretaría de Educación Pública (SEP).
1.1. Universidad Educanexo tiene como fin primordial la formación ética, científica y humanística de profesionales de alto nivel capaces de investigar, innovar y liderar transformaciones sociales y productivas.
1.2. Todo estudiante inscrito adquiere la calidad de alumno regular y se compromete a respetar los valores institucionales, el código de honor y las normas contenidas en este estatuto.
Capítulo II: De la Admisión, Inscripción y Permanencia
2.1. El aspirante deberá acreditar la posesión del grado académico previo indispensable (Licenciatura para Maestría; Maestría para Doctorado) debidamente reconocido por la autoridad educativa competente.
2.2. La permanencia en el posgrado requiere mantener un promedio mínimo de 8.0 (ocho punto cero) en una escala de 0 a 10 y no acumular asignaturas reprobadas.
2.3. Las bajas temporales deberán solicitarse formalmente a la Dirección de Servicios Escolares dentro de las primeras dos semanas de iniciado el periodo cuatrimestral.
Capítulo III: Del Modelo Pedagógico, Plataforma y Evaluación
3.1. Las actividades académicas se desarrollarán en el Campus Virtual Educanexo mediante entregas semanales de productos de aprendizaje, participación en foros argumentativos y asesorías sincrónicas con el claustro docente.
3.2. La escala de calificaciones es de 0 a 10, siendo la calificación mínima aprobatoria 8.0 (ocho).
3.3. Todo estudiante tiene derecho a retroalimentación cualitativa y cuantitativa de sus actividades en un plazo máximo de 72 horas hábiles tras la fecha límite de entrega.
Capítulo IV: Integridad Académica y Código de Ética
4.1. Queda estrictamente prohibido el plagio total o parcial de obras ajenas, la falsificación de datos en investigaciones y el uso no ético o no citado de herramientas de inteligencia artificial generativa.
4.2. Todos los trabajos finales, tesis y disertaciones son sometidos a software de verificación de originalidad (Turnitin). Un índice de similitud no justificado mayor al 15% amerita anulación de la entrega y turnado al Comité de Honor y Justicia.
4.3. Las sanciones por faltas graves a la integridad académica van desde la amonestación por escrito hasta la baja definitiva del programa sin derecho a reingreso.
Capítulo V: De la Obtención del Grado y Titulación
5.1. Para obtener el grado de Maestro o Doctor, el alumno deberá:
a) Acreditar el 100% de los créditos del plan de estudios aprobado por la SEP.
b) Cumplir con los requisitos de liberación de servicio social o proyecto de impacto según aplique.
c) Acreditar el dominio de lengua extranjera según los lineamientos del programa.
d) Seleccionar y culminar satisfactoriamente una de las modalidades de titulación vigentes (Tesis de Grado y Defensa Oral, Publicación de Artículo en Revista Indexada, o Excelencia Académica para Maestrías).
5.2. Para el grado de Doctorado, la Tesis Doctoral y su defensa oral pública ante Sínodo de Doctores es la modalidad rectora de titulación.